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viernes, noviembre 22, 2024

Ley Crecer Juntos entró en vigor el 1 de enero de 2023

La Ley Crecer juntos entró en vigor el 1 de enero del presente año, los niños deberán tener un número de identificación desde su nacimiento.

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A partir del 2023, los niños deberán tener un número de identificación desde su nacimiento. Además, el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA) y el Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA), desaparecen con la entrada en vigor de la Ley Crecer Juntos.

Finalidad de la Ley Crecer Juntos

La presente Ley tiene por finalidad garantizar el ejercicio y disfrute pleno de los derechos de toda niña, niño y adolescente. Además, facilitar el cumplimiento de sus deberes, independientemente de su nacionalidad.

Para ello, se establece un Sistema Nacional de Protección Integral de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia, con la participación de la familia, la sociedad y el Estado, fundamentado en la Constitución de la República y Tratados Internacionales sobre derechos humanos vigentes en El Salvador, especialmente, en la Convención sobre los Derechos del Niño.

Antecedentes

La Ley Crecer juntos fue aprobada por la Asamblea Legislativa el pasado 22 de junio del 2022 y entró en vigor el 1 de enero del presente año.

La normativa declara disueltos al ISNA y CONNA cuyas funciones serán asumidas por el nuevo Consejo Nacional de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia.

Vídeo TCS.

Con la entrada en vigencia de la Ley Crecer Juntos, los recién nacidos deberán contar con un número de identificación; además, se prohíbe la utilización de menores de edad en campañas electorales.

Vídeo TCS.

La Ley Crecer Juntos también derogó la Ley Especial para la Regulación e Instalación de Salas Cunas.

Esta nueva ley obliga a todos los patronos, de los sectores público y privado, a garantizar a las hijas e hijos de todos sus trabajadores el acceso a un Centro de Atención a la Primera Infancia.

También, establece plazos de 12 meses, a partir de su entrada en vigencia, para que las instituciones públicas, autónomas y municipales las instalen; mientras que para el sector de la empresa privada les otorga un plazo máximo de 18 meses.

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