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viernes, noviembre 22, 2024

Asamblea extendió el subsidio al transporte público hasta 2024

El subsidio se prorrogó hasta el 30 de abril del 2024, y el objetivo principal que los transportistas no aumenten las tarifas a los usuarios.

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En la sesión plenaria del día de ayer 20 de diciembre, los legisladores extendieron el subsidio de la Ley Transitoria para la Estabilización de las Tarifas del Servicio de Transporte Público de Pasajeros tipo Colectivo y Masivo.

Esta disposición se prorrogó hasta el 30 de abril del 2024. Esta ley tiene como objetivo principal que las tarifas autorizadas brindadas a los empresarios por el Viceministerio de Transporte (VMT), no aumenten las tarifas a los pasajeros.

Por su parte, el diputado y presidente de la Comisión de Obras Públicas, Salvador Chacón, explicó que esta iniciativa cuidará la economía de los usuarios del transporte colectivo y garantizará que los transportistas cumplan con los requisitos fundamentales.  

“Estamos velando por proteger el bolsillo de las familias salvadoreñas. Con esta reforma, el VMT velará por que los empresarios del transporte colectivo cumplan todos los requisitos y sigan brindando el servicio a la población“, dijo el parlamentario. 

Las enmiendas a la normativa establecen que las disposiciones para garantizar el servicio a los usuarios debe ser:

  • Forma continua
  • Regular
  • Uniforme
  • Con las tarifas autorizadas por el VMT, establece regulaciones para mantener la estabilidad de las tarifas que los usuarios pagan por el servicio

Estas disposiciones fueron emitidas, por primera vez, a través del Decreto Legislativo N° 257 el pasado 22 diciembre de 2021.

Subsidio

El dictamen menciona que, el cumplimiento de las regulaciones antes descritas será de forma obligatoria a partir de la entrada en vigencia de la ley, excepto para el Art. 12 en los numerales 1, 2, 3, 4, 7 y 15, los cuales se establece que deberá darse cumplimiento bajo solicitud y requerimientos técnicos, formatos, programaciones o periodicidad establecidos por el VMT, por medio de la Dirección de Transporte Terrestre.

El VMT deberá requerir mensualmente los recursos necesarios para transferir a los concesionarios y permisionarios del servicio público de transporte colectivo y masivo de pasajeros, según el Artículo 9 de dicha ley.

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